AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2017-CA
Fecha: 08-Jun-2017
rechazó
Por Resolución de A-INC-07/2017 de 9 de mayo, cursante de fs. 43 a 44, la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que: i) La Norma objeto de la acción no advierte incompatibilidad con la Constitución Política del Estado; ii) La presente acción, no expresa taxativamente cual la contradicción con el ordenamiento constitucional; toda vez que, la Ley impugnada no expresa afectación a derecho propietario emergente de una disposición legal incompatible; iii) La parte accionante no explicaron con razonamientos jurídico-constitucionales los motivos por los que consideran que el proceso judicial dependa de la norma impugnada; y, iv) No existe fundamento alguno que genere duda razonable que justifique promover la acción de inconstitucionalidad concreta.
- Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- 1)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- tienen carácter normativo, es decir, aquellas que establezcan normas jurídicas, pues las resoluciones de carácter administrativo que resuelven casos concretos no forman parte de las normas objeto de control normativo de constitucionalidad por
- RATIFICAR