AUTO CONSTITUCIONAL 0161/2017-CA
Fecha: 16-Jun-2017
rechazar
Por Resolución 028/2017 de 25 de mayo de 2017, cursante de fs. 585 a 587, la Autoridad Sumariante Titular del Ministerio de Defensa, determinó rechazar promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: 1) El proceso administrativo interno basó su fundamento en preceptos jurídicos hoy cuestionados, “…y juzgar de acuerdo a la producción de los medios de prueba, bajo principios de observancia obligatoria de normas atinentes al caso, con el principio de objetividad…” (sic); y, 2) Las normas impugnadas constituyen una percepción eminentemente subjetiva; toda vez que, uno o más preceptos se aplican en el proceso administrativo para dictar la resolución final positiva o negativa, subsumiendo el hecho al derecho, no existiendo razonamiento jurídico válido en la fundamentación de la acción de inconstitucionalidad concreta.
- Autoridad Sumariante Titular del Ministerio de Defensa
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazar
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. Análisis del caso concreto
- La expresión de los fundamentos jurídico-constitucionales es esencial, pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas, sino que es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce
- RATIFICAR