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    AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2017-CA

    Fecha: 16-Jun-2017

    RATIFICAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve: RATIFICAR la Resolución de 24 de mayo de 2017, cursante de fs. 163 a 165 vta., pronunciado por la Autoridad Sumariante de Santa Cruz y Pando del Ministerio Público y en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Yolanda Aguilera Lijeron.

    • Autoridad Sumariante del Ministerio Público de los departamentos de Santa Cruz y Pando
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazó
    • Por su parte, el art. 73.2 del CPCo, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá: “…en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
    • 4.  En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
    • II.3.Análisis del caso concreto
    • RATIFICAR

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