Juristeca
Juristeca País
    AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2017-CA

    Fecha: 30-Jun-2017

    Ministro de Economía y Finanzas Públicas


    En consulta la Resolución Ministerial 455 de 30 de mayo de 2017, cursante de fs. 495 a 511, pronunciada por el Ministro de Economía y Finanzas Públicas por la que determinó “no promover” la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Cleo Correa Duarte, Presidenta Ejecutiva y representante legal de Futuro de Bolivia Sociedad Anónima (S.A.) Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), demandando la inconstitucionalidad del “…art. 23 del D.S. 0778 de 26 de enero de 2011…” (sic), pronunciado por el Órgano Ejecutivo, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II y 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Ministro de Economía y Finanzas Públicas
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • no promover”
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.3. Análisis del caso concreto
    • la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado; más no es una operación dependiente de la extensión de la demanda o la acumulación de doctrina y jurisprudencia, sino que consiste en la presentación de razonamientos y criterios derivados de la Ley Fundamental, que configure una duda razonable y haga justificable un examen de los mismos, con el objeto de verificar si la norma demandada es conforme a la Norma Suprema’.
    • Concluyendo que, debido a la naturaleza de esta acción de control normativo, por la cual se impugna normas legales que atentan contra la Ley Fundamental, en su propósito debe cumplirse con la adecuada y razonada fundamentación jurídico constitucional, que permita a este Tribunal ingresar a analizar dichos fundamentos y efectuar el control de constitucionalidad pertinente
    • RATIFICAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca