SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0517/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0517/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

a)

El codemandado, Edgar Jesús Encinas Chuquisea, Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Villazón provincia Modesto Omiste del departamento de Potosí, mediante informe escrito cursante de fs. 43 a 44, señaló que: a) El 27 de marzo de 2017, conoció una imputación presentada por la abogada representante legal de la Aduana Nacional de Bolivia, quien se constituyó en parte denunciante y víctima, presentando un memorial, a través del cual solicitó a la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera de Tupiza, Pastora Cabrera Misericordia, se pronuncie respecto a la audiencia de medidas cautelares, autoridad que mediante Auto de la fecha indicada, manifestó que de acuerdo a la Ley General de Aduanas y el Código Tributario Boliviano, se estableció la creación de jueces de instrucción en materia penal tributaria, de competencia departamental, y con asiento judicial en las capitales de departamento; b) El proceso fue puesto a su conocimiento, aun la advertencia de la Aduana Nacional de Bolivia en el sentido de que la Jueza codemandada de Tupiza era competente de conocer el caso; por lo que, su autoridad no podía conocer ni atender el proceso por jurisdicción y competencia; por ello, conforme al art. 84 del Código Tributario Boliviano (CTB), declinó de competencia a la jurisdicción departamental de Potosí; y, c) Se debe mencionar que el 27 de marzo de 2017, la parte ahora accionante formuló ante su autoridad una acción de libertad; por lo que, en función a la norma constitucional se señaló audiencia dentro de veinticuatro horas; sin embargo, el 28 de igual mes y año, la parte accionante hizo el retiro de la acción de defensa mencionada; por lo que, se la declaró como no presentada.

Las codemandadas, Roxana Choque Gutiérrez, Jueza de Instrucción Penal Cuarta del departamento de Potosí; Pastora Cabrera Misericordia, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Tupiza provincia Sur Chichas del citado departamento; y, Lisbeth Erquicia Burgos, Fiscal de Materia, no se hicieron presentes en la audiencia programada y tampoco presentaron su informe de descargo correspondiente, pese a su legal notificación cursante a fs. 35, 39 y 40.