SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0560/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

contrato a plazo fijo

Ahora bien, conforme lo anotado en el Fundamento Jurídico III.3. del presente fallo constitucional plurinacional se entiende que tanto el empleador como la trabajadora o el trabajador -sea del sector público o privado-, que conozcan desde el primer momento de la relación, la fecha cierta y concreta de conclusión de la relación laboral, no es posible la vigencia de derechos u obligaciones emergentes de una relación laboral que ya no existe, no siendo posible obligar a un empleador a continuar con el contrato del personal que ya cumplió el plazo establecido y acordado de antemano; en la especie, se ha establecido que el ahora accionante a partir de la convocatoria efectuada por la entidad bancaria para optar el cargo de Asistente de Asesoría Legal tuvo real conocimiento de que el contrato tendría la duración de cuatro meses, aspecto que fue introducido en la Cláusula Cuarta del correspondiente contrato a plazo fijo de 18 de octubre de 2016; en ese mismo sentido, el BANCOSOL S.A. asintió el hecho de que el postulante al cargo, ahora accionante, era progenitor al momento de la suscripción.