SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0564/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0564/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 17 de febrero de 2014, suscribió un contrato de trabajo a plazo fijo debiendo prestar sus servicios como odontólogo desde el 17 del mes y año señalado al 16 de febrero de 2015, modificado por contrato de 31 de marzo de 2015, donde se ampliaba el plazo computable a partir del 17 de febrero al 16 de mayo de 2015. El 26 de septiembre de 2016, fecha en la cual su hijo cumplio un año de edad, la Jefa de la Unidad de Odontología le indicó que ya no podía ingresar a la institución por órdenes del Gerente Financiero, Marcial Pérez; razón por la cual consideró haber sido despedido de forma intempestiva y sin causa justa acudiendo a la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, entidad que emitió la conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 312/2016 de 26 de octubre, disponiendo su reincorporación en el mismo puesto que desempeñó funciones, más el pago de salarios devengados y la restitución de su seguro a corto y largo plazo, prohibiendo cualquier tipo de acoso laboral y discriminación. Notificada la entidad el 18 de noviembre de 2016, con intervención notarial, y, previa verificación del Inspector de Trabajo, no dio cumplimiento a la citada conminatoria.