SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0564/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0564/2017-S2

Fecha: 05-Jun-2017

II.1.

II.1.    Cursa contrato de trabajo a plazo fijo 08/2014 de 17 de febrero, suscrito por Hernán Delgadillo Dorado como Gerente General del SSU, y Juan Carlos Paz Gutiérrez, en el cual se establece que el accionante prestaría sus servicios a la institución como odontólogo; señalando la cláusula sexta que la misma esta regida bajo la modalidad de plazo fijo conforme estipula el art. 12 de la LGT, el DS 21431 de 21 de noviembre de 1986 y el DL 16187, debiendo la institución cubrir prestaciones, beneficios y derechos previstos por las leyes laborales; asimismo, se señala que dicho cargo no tiene establecido un ítem, por cuanto no resultaría aplicable la parte pertinente del art. 2 del DL 16187; respecto a la vigencia del contrato se señaló el 17 de febrero de 2014 hasta el 16 de febrero de 2015 (fs. 2 a 3).