Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
II.1.
II.1. Mediante Resolución de 8 de octubre de 2013, la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, resolviendo la solicitud de explicación, complementación y enmienda efectuados por Gilberto Philco Gómez al Auto Supremo 234/2012 del 17 d agosto, debido a que no se habría pronunciado sobre la excepción de extinción de la acción penal; denegó dicha petición, en razón a que la misma no fue presentada en plazo ni ante dicho Tribunal, por lo que dispuso la devolución del expediente (fs. 35 a 37).
- Fragmento 1
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- , y la inmediación, porque se requiere que la autoridad judicial tenga contacto con la persona privada de libertad
- III.2. E
- cuando existen mecanismos procesales específicos de defensa que sean eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser activados previamente por el o los interesados o afectados,
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR