Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2017-S3
Fecha: 26-Jun-2017
Fragmento 10
El accionante alega que la autoridad hoy demandada fijó audiencia de consideración de medidas cautelares, sin considerar que la misma autoridad había ya declarado la extinción de la acciona penal, determinación que tiene efecto inmediato, por lo que no correspondía señalarse ninguna audiencia de aplicación de medidas cautelares.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- III.1.
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- Fragmento 10
- 1)
- CONFIRMAR