SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0602/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0602/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

denegar

La Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 12 de mayo de 2017, cursante de fs. 25 a 26, que dispone denegar la tutela de acción de libertad, bajo los siguientes fundamentos: 1) La detención preventiva dictada en contra de la accionante “…es en base a una resolución dictada por autoridad competente, dentro de un proceso penal, por lo que no se puede señalar que la detención sea indebida…”(sic); 2) La acción no hace referencia a la medida cautelar, sino al procedimiento, refiere que se debió suspender la audiencia y primero resolver el incidente de litispendencia planteado; 3) Para que sean consideradas las lesiones al debido proceso, mediante la acción de libertad; deben concurrir dos presupuestos: i) El acto lesivo debe estar vinculado con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; ii) Debe existir absoluto estado de indefensión; y, 4) “…en el presente caso que no se haya suspendido la audiencia por la presentación de un incidente, incidente que la juzgadora no tenía conocimiento, no es la causa directa para la detención preventiva…” (sic).