SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0602/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
III.
La accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, a no ser procesada dos veces por la misma causa, a no ser privada de libertad por deudas; señaló que, se encuentra indebidamente detenida, pues previamente a la realización de la audiencia de medidas cautelares donde se determinó su detención, la accionante presentó un incidente de litispendencia, por el cual pretendía demostrar que existe un proceso en la vía civil por idéntico objeto y causa. Sostiene que, a pesar que la Jueza demandada tuvo conocimiento de la presentación del incidente, continúo con la audiencia de medidas cautelares que derivó en su detención preventiva. Solicita tutela y se deje sin efecto todas las acciones penales iniciadas en su contra hasta que termine el proceso anterior.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegar
- II.1.
- II.2.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad y sus alcances respecto al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción;
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR