Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0603/2017-S1
Fecha: 27-Jun-2017
II.2.
II.2. Por formulario de inscripción de propiedad en DD.RR. en el que se encuentra transcrito el testimonio de entrega de lotes en dación de pago de 27 de abril de 1999, se evidencia que COMSA, adquirió un lote de terreno ubicado en el manzano 12 con designación “A/tit: Ex Fundo El Paraíso” (sic), cantón Buena Vista del departamento de Santa Cruz con una superficie de 13 158 m2 inscrito bajo la matrícula 7 04 1 01 0000606 (fs. 68 a 69; y, a 42).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- “improcedencia”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- III.3.
- III.4. Los presupuestos procesales de activación de la acción de amparo constitucional frente a medidas de hecho
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1° CONCEDER en parte