SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0616/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

II.1.

II.1.  A través de la RA 21-0024-2012 de 20 de septiembre, de devolución indebida, la Gerencia GRACO La Paz del SIN, resolvió: i) Establecer como importe indebidamente devuelto al contribuyente, emergente de las órdenes de verificación 0008OVE0722, 0008OVE0782, 0008OVE0881, 0009OVE00076, 0009OVE00183, 0009OVE00184, 0009OVE00314, 0009OVE00312, 0009OVE00313, 0009OVE00562, 0010OVE00076 y 0010OVE00126, todas, de 24 de febrero de 2012, de enero a diciembre de 2008, por el IVA, en estricta observancia de lo establecido por los arts. 128 del CTB y 19.1 caso 2 inc. c), de la Resolución Normativa de Directorio 10.0037.07 de 14 de diciembre de 2007; ii) Conminó al contribuyente a efectuar el pago por concepto de impuesto indebidamente devuelto; y,     iii) Instruyó el inicio del procedimiento sancionador por la contravención de “Omisión de Pago” (sic) (Fs. 56 a 68).