SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

concedió

La Jueza Pública Civil y Comercial Sexta de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, emitió la Resolución 63/2017 de 8 de mayo, cursante de fs. 189 a 192, en la que concedió la tutela, ordenando a los demandados a la no restricción de manera directa o indirecta del derecho al trabajo que tiene sobre los dos puestos de venta pertenecientes al 68 y 69 afiliados a la Asociación de Comerciantes Minoristas en Tejidos, Artesanías y Artículos Varios “1ro. de Septiembre”, ubicada en la calle “Fournier intersección de la calle L de la Vega pasando por la calle rené Vargas hasta Mariscal José Ballivián de la zona 16 de julio” (sic) de El Alto; bajo los siguientes fundamentos:   1) La accionante adjuntó en calidad de prueba un carnet de afiliada emitido por la referida Asociación, correspondiente a la lateral B, puestos de venta 68 y 69, ubicados en las calles “FOURNIER ENTRE L DE LA VEGA HASTA CARRASCO” (sic) de las gestiones 2016 al 2018, prueba ratificada por los pagos sobre patentes eventuales en dominio público; 2) De la misma forma quedó demostrado que la impetrante de tutela, es afiliada a la mencionada Asociación, según la certificación de emitida por el Secretario Ejecutivo de la Federación de Trabajadores Gremiales Comerciantes Minoristas Artesanos y Vivanderos de la ciudad de El Alto “Sector Norte Río Seco”, encabezada por Balbina Mamani Castaya –tercera interesada−; 3) Si bien la parte demandada adjuntó una fotostática legalizada consistente en el Acta de posesión; empero, no respaldó dicho documento con ninguna otra prueba que demuestre que la nombrada Asociación se encuentre legalmente afiliada a la mencionada Federación, de la misma forma, en audiencia incluyeron literales consistentes en pago de las patentes eventuales en dominio público correspondientes a la gestión 2014 en relación a los puestos de venta señalados precedentemente; sin embargo, no demostró que se encuentre legalmente afiliado a la citada Asociación; y, 4) La tercera interesada, presentó el Testimonio 62/2017 sobre protocolización de otorgamiento de personalidad jurídica a la aludida Asociación, otorgado por el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, mediante Resolución Administrativa Departamental 462/2016 de 5 de julio, pronunciado por el Gobernador Félix Patzi Paco, refrendada además por la certificación emitida por la Junta Vecinal de la zona Mariscal José Ballivián 1ra sección de El Alto, mismos que han sido presentados en originales por la tercera interesada.