SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2017-S3

Fecha: 26-Jun-2017

ii)

ii)    “…el tribunal no ha valorado la Auditoria Jurídica No.303/2016 de 6 FS. Donde se menciona e indica claramente en 46 puntos desde cuando la fiscalía requiere inicio de investigación hasta la radicatoria ante el tribunal 7mo. Más aun cuando tanto la Fiscalía como el Ministerio de Gobierno observan dicha auditoria, y en la parte conclusiva se determina para que se formule acusación fiscal a transcurrido 1 año y 10 meses atribuible al Ministerio Publico y para que sea remitida dicha acusación fiscal ante vuestro tribunal han transcurrido 1 año y 6 meses atribuibles al juez cautelar; y para que se celebre el juicio hasta la fecha desde la radicatoria han transcurrido 2 años y 4 meses atribuibles tanto a la fiscalía y el órgano judicial, situación que no toma en cuenta el Tribunal 7mo. De Sentencia en lo penal, es decir, no realiza una valoración en el fondo tomando en cuanta la auditoria jurídica y sobre todo los antecedentes…” (sic); y,