Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0621/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega como vulnerado su derecho a la libertad personal y de locomoción, en razón a que pese a habérsele dado alta médica el 19 de abril de 2017, aún se encuentra retenida de manera indebida en la Clínica “Dr. Luis Morales Arnez”, ante la falta de cancelación de la totalidad de lo adeudado por concepto de atención médica y servicios hospitalarios recibidos en dicho nosocomio, pese haber propuesto una oferta de pago, la cual fue negada en su aceptación.