SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2017-S2

Fecha: 19-Jun-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Los accionantes, a través de su abogado, ratificaron el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliando señalaron que la Jueza demandada no debió resolver el incidente de nulidad sin antes abrir el término de prueba como lo establece el art. 152 del CPCabrg., no resolvió el incidente de nulidad de notificación con la Sentencia 16/2015 como su complementación; siendo así que, lo mismo ocurre con los Vocales también ahora demandados, quienes sin ningún argumento y de manera contradictoria afirmaron que fueron notificados en el domicilio procesal señalado y que nada tiene que ver la participación de la testigo que recibió la notificación que trabaja en la oficina contigua.