SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2017-S1

Fecha: 27-Jun-2017

concedió

El Juez Público Civil y Comercial Octavo de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05/2016 de 25 de agosto, cursante de fs. 107 a 108 vta., concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo que el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, reincorpore a la accionante a su fuente laboral, en el mismo cargo que ocupaba al momento de su despido más la cancelación inmediata de los sueldos devengados, el “bono 6 de marzo” y los beneficios sociales que le correspondieren; bajo los siguientes fundamentos:                     i) En virtud al art. 10.I del Decreto Supremo (DS) 28699, que establece la capacidad del trabajador de elegir si opta por el pago de beneficios sociales o su reincorporación, cuando es despedido por causas no contempladas en el art. 16.III de la Ley General del Trabajo (LGT), modificado mediante DS 0495, es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social la instancia a la cual deberá acudir a efectos de que se constate el despido injustificado, debiendo conminarse al empleador su reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba al momento de ser despedido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales a la fecha de su reincorporación, ii) De los antecedentes se evidenció que concurren los presupuestos señalados por el DS 28699 para la activación de la vía constitucional, referidos al despido injustificado, habiendo acudido la parte accionante ante la instancia laboral administrativa que dispuso su inmediata reincorporación, conminatoria que no fue cumplida, existiendo por consiguiente vulneración de derechos y garantías constitucionales expuestos en la demanda tutelar; y, iii) Con relación a los derechos a la salud, alimentación y educación, supuestamente conculcados no se pronunció por no haber sido respaldados.