Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2017-S2
Fecha: 19-Jun-2017
II.5.
II.5. Según acta de conciliación de 1 de septiembre de 2014, el Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba se comprometió a incorporar el concepto económico por expropiación en el Plan Operativo Anual (POA) 2014, para su correspondiente indemnización; a su vez, el accionante en representación legal de la Empresa Industrias Unidas “DECORART” Ltda., autorizó al referido ente municipal, a ingresar a los lotes afectados a fin de no perjudicar el desarrollo de Sacaba y que los mismos sean consolidados para vías según se tiene el POA (fs. 48 a 51).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Inviabilidad de la tutela del derecho a la propiedad privada por vía de acción de amparo constitucional, frente a la existencia de hechos o derechos controvertidos
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo