SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2017-S3
Fecha: 30-Jun-2017
concedió
La Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimoprimera de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 05/ 17 de 10 de mayo de 2017, cursante de fs. 165 a 167, concedió la tutela solicitada, disponiendo que los ahora demandados procedan a su inmediata reincorporación a su fuente laboral al mismo puesto que venía ocupando, más el pago de sueldos devengados y todos los beneficios sociales que le corresponden como padre progenitor hasta que la menor cumpla un año de edad; determinación asumida conforme a los siguientes fundamentos: 1) Se suscribieron tres contratos a plazo fijo; 2) En el segundo contrato o adenda, se estableció que el hoy accionante se encontraba trabajando en forma permanente y de carácter inamovible; 3) El accionante hizo conocer el 4 de agosto de 2016 a la ABT de Santa Cruz, el estado de gravidez de su esposa; es decir, en vigencia del segundo contrato, así como de la atención prenatal y el hecho de haberse presentado a las convocatorias no significó renuncia a ese derecho; y, 4) Es evidente la vulneración a sus derechos.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- concedió
- II.3.
- II.5.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inamovilidad laboral con relación a contratos de plazo fijo
- contratos a plazo fijo
- II.
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR