AUTO CONSTITUCIONAL 0192/2017-CA
Fecha: 05-Jul-2017
II.4. Análisis del caso concreto
De la revisión de antecedentes se evidencia que los fundamentos expresados en el memorial de demanda enuncia las posibles afectaciones económicas que implicaría para la incidentista el pago del considerable porcentaje establecido por la norma impugnada; empero, los argumentos expresados por la accionante resultan carentes de precisión respecto de cómo o de qué forma el artículo legal cuestionado resulta contrario a los preceptos de la Constitución Política del Estado que fueron invocados; es decir, no se expresó, menos se justificó en qué medida la decisión que debe adoptar el juez o tribunal, depende de la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma objetada, además no se demostró de qué manera se iba a utilizar en el proceso judicial el precepto cuestionado de inconstitucional; además, en el caso en estudio se evidencia falta de relevancia constitucional, pues no existe relación de causalidad entre la norma identificada como inconstitucional y su aplicación a momento de resolver el procedimiento; de ello se determina que la acción planteada carece de los fundamentos jurídico-constitucionales suficientes tal cual lo exige la regla adjetiva constitucional y el fundamento II.2 del presente Auto Constitucional.
- Juez Público Civil y Comercial Tercero del departamento de Oruro
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- promovió”
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3 Sobre el cumplimiento de requisitos
- no cumple con el requisito de la debida fundamentación y la claridad respecto a los cargos de inconstitucionalidad, pues solamente se limitó a exponer los inconvenientes resultantes de la aplicación de la Ley y la onerosidad que representa para la accionante la vigencia de la norma demandada, empero, no especifica de qué manera resultan contrarios a los preceptos constitucionales enunciados
- II.4. Análisis del caso concreto