Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0199/2017-CA
Fecha: 06-Jul-2017
Fragmento 7
La demanda de inconstitucionalidad concreta ha sido promovida dentro del proceso administrativo de arbitraje seguido por el Sindicato Fabril de MANACO S.A. contra la Empresa accionante, cumpliendo con la previsión contenida en el art. 73.2 del CPCo y elevada en revisión por la autoridad legitimada conforme dispone el art. 79 del citado Código, alegando la supuesta inconstitucionalidad del art. 111 de la LGT, por ser presuntamente contraria a los arts. 115.I, 119.II y 120.I de la CPE; 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del PIDCP.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- Fragmento 7
- II.4. Análisis del caso concreto
- RECHAZAR