AUTO CONSTITUCIONAL 0255/2017-RCA
Fecha: 21-Jul-2017
II.5. Cumplimiento de los requisitos de admisión
Esta demanda ha cumplido con los siguientes aspectos: Se tienen señalados los nombres y generales de la accionante, su domicilio procesal; también se tiene referido el nombre y domicilio de la autoridad demandada, cuenta con patrocinio de abogado; se advierte una relación de los hechos en los que instituye la acción tutelar; están precisados los derechos constitucionales considerados vulnerados; y, finalmente, se tiene expuesto el petitorio de forma clara, relacionado a la fundamentación de hecho y de derecho.
Consecuentemente, se advierte que la accionante cumplió con lo exigido en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 8 del artículo citado en el Fundamento Jurídico II.2 del presente Auto Constitucional; no siendo exigible el numeral 6; ya que, la solicitud de medidas cautelares no constituye un requisito de cumplimiento obligatorio.
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- inadmisible”
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Requisitos de admisibilidad previstos por el art. 33 del CPCo, para la presentación de acciones de amparo constitucional
- II.4. Análisis del caso concreto
- II.5. Cumplimiento de los requisitos de admisión