Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0262/2017-RCA
Fecha: 26-Jul-2017
Fragmento 3
Solicitan se conceda la tutela, disponiendo revocar todos los actuados señalados hasta la Vista de Cargo 71-C1-45/2014 e inclusive si corresponde, ordenar a la Administración Tributaria Municipal emita un nuevo actuado preliminar en virtud a la base imponible señalada legalmente por la Resolución Suprema 09407.
- Fragmento 1
- valor de los EE.FF
- Fragmento 3
- improcedente
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- improcedencia