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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0056/2017-S1

    Fecha: 28-Jul-2017

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    • consulta de autoridades indígena originaria campesina
    • I.1.1. Hechos que motivan la consulta
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • Plurinacional Comunitario
    • los pueblos: ‘…deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos…’
    • Las consultas de las Autoridades Indígena Originaria Campesinas, sobre la aplicación de sus normas a un caso concreto, tienen por objeto garantizar que dichas normas guarden conformidad con los principios, valores y fines previstos en la Constitución Política del Estado’
    • el control de constitucionalidad a través de este mecanismo
    • III.3.  La consulta de la autoridad indígena originaria campesinas ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • ni se expuso explícitamente sobre la duda que se tenga y que la misma sea objeto de consulta, incumpliéndose por consiguiente, las reglas mínimas…
    • cuando no sea posible efectuar el control de constitucionalidad, es pertinente en el supuesto que dicho mecanismo carezca de contenido jurídico constitucional; es decir, no tenga relación alguna con la naturaleza jurídica del indicado dispositivo constitucional, se declare su improcedencia
    • III.5.  Examen de constitucionalidad
    • remitieron
    • IMPROCEDENCIA

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