SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2017-S1
Fecha: 12-Jul-2017
a)
Julia Mery Castañon Mogro, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera del departamento de Tarija, presentó informe escrito cursante a fs. 23 y vta., donde señaló que: a) El 24 de mayo de 2017, se realizó la audiencia de cesación a la detención preventiva del adolescente AA, al amparo del art. 291.I inc. a) y d) de la Ley 548, en cuanto al inc. a) se ha desvirtuado el peligro de fuga que se consideró en audiencia de medida cautelar de 13 de febrero de 2017, al demostrarse con prueba idónea que el infractor menor de edad tiene familia y al estar su madre presente; b) En cuanto al peligro de obstaculización también considerado en la referida audiencia, que el menor de edad puede influir negativamente o poner en peligro al testigo Guillermo Rivera Tórrez quien prestó declaración informativa al tratarse de un delito de la Ley 1008 corre peligro su vida, la defensa no realizó fundamentación alguna; c) En cuanto al inc. d) de la referida Ley, el abogado ahora accionante ha fundamentado que “…desde que fue notificado con la imputación de 13 de febrero de 2017, al 23 de mayo de 2017 ha transcurrido cien días que lleva detenido de manera preventiva y se compulse que ante un eventual juicio puede ser beneficiado con una medida de protección, tomando en cuenta el cuantum de la pena arts. 23 y 60 de la CPE y los arts. 8 y 12 de la Ley 548” (sic); y, d) Al haberse efectuado el cómputo respectivo y fundamentado su petición en que habría transcurrido cien días de detención, indujo a error, por cuanto el plazo para el caso está establecido en meses y no en días; sin embargo la parte tiene recursos establecidos por ley para hacer uso de ellos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2.
- ;
- III.3. Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR