Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2017-S1
Fecha: 12-Jul-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de sus representantes sin mandado se ratificó en el memorial de acción de libertad y complementó la misma, señaló que: “las SC. 089/2015 de fecha 11 de febrero de 2015 y la S.C N° 0/800/2013 de fecha 11 de junio de 2013, señalan la inaplicabilidad de la subsidiariedad en el caso de niño, niñas o adolescentes, S.C N° 0129/2013 de 20 de marzo de 2013 expresa que las medidas cautelares a menores de edad y su tiempo de duración es vinculante y que en todos los casos deberá analizar si es posible sustituir la detención preventiva por otra más favorable…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 11
- III.2.
- ;
- III.3. Jurisprudencia reiterada: La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR