SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2017-S2

Fecha: 03-Jul-2017

denegó

El Juez de Sentencia Penal Quinto del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 17/17 de 19 de mayo de 2017, cursante de fs. 11 a 12 vta., por la cual denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes argumentos: a) Si bien el recurso de apelación incidental fue interpuesto a horas 17:00 del 17 de mayo del presente año, es decir, el mismo día en que se realizó la audiencia de aplicación de medidas cautelares, de manera que conforme al art. 251 del CPP, el cuaderno de apelación debió remitirse al Tribunal de alzada en el plazo de veinticuatro horas desde su interposición, no es menos cierto que el recurso fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Penal Séptimo del departamento de Santa Cruz, donde la autoridad demandada ejerce funciones en suplencia legal, de tal manera que teniendo que recorrer de un extremo a otro para despachar las causas en ambos Juzgados, el tiempo de cuarenta y dos horas y treinta y tres minutos que transcurrió desde la interposición de la apelación hasta la presentación de esta acción de defensa, no puede considerarse como una dilación indebida; b) En cuanto a la coaccionada Yanine Ávila Gutiérrez, la misma ejerce el cargo de Secretaria del Juzgado donde se tramita la causa y por lo tanto no ejerce jurisdicción, por lo que no debió ser demandada en la presente acción de libertad, de quien en todo caso debió recurrirse ante la jurisdicción disciplinaria del Órgano Judicial.