SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2017-S3

Fecha: 21-Jul-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante alega la vulneración de su derecho a la libertad, al debido proceso, a la defensa, así como el principio de celeridad, por cuanto los Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de La Paz no resolvieron su solicitud de cesación de la detención preventiva, ya que suspendieron la audiencia prevista para el 30 de mayo de 2017 debido a que no se habría notificado a las partes; posteriormente, fue fijada para el 2 de junio de ese año, misma que también fue suspendida, esta vez por inasistencia de la Secretaria en suplencia legal, sin considerar que su pretensión procesal debió atenderse conforme al principio de celeridad dispuesto por el       art. 116.I de la CPE y no generar la “…imposibilidad de sustanciar este acto procesal…” (sic), por causas injustificadas y no imputables a su persona.