Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0705/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 59/2017 de 7 de junio, cursante de fs. 19 a 21 y vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilfredo Yaco Ticona, en representación sin mandato de Fabiola Mejía Sequeiros contra Petrona Patricia Pacajes Achu, Jueza del Tribunal Decimo de Sentencia Penal del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- `Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita
- la exigencia de vinculación entre el derecho a la libertad y el debido proceso, como presupuesto exigible para su tutela a través de la acción de libertad, desaparecía; sin embargo, el Tribunal Constitucional Plurinacional considera que, partiendo de la propia naturaleza jurídica de la acción de libertad, desarrollada en el Fundamento Jurídico anterior y cuyo principal objetivo es precisamente tutelar de manera específica el derecho a la libertad, no puede modificarse su esencia y ampliar su espectro de acción a aquellos asuntos netamente procedimentales que, aún cuando devengan del área penal, no se hallen en vinculación con el derecho a la libertad;
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo