SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0710/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

1)

Edna Montoya Ortiz, Fiscal de Materia, en audiencia pública de consideración de esta acción de libertad, manifestó lo siguiente: 1) El 10 de febrero de 2017, presentó inicio de investigación dentro de la denuncia interpuesta por Sergio Andrés Sanjinés Argandoña contra Luis Demetrio Calbimonte Vacaflores y Víctor Cangre por el delito de estafa; constatándose por el informe y muestrario fotográfico del asignado al caso, que los muebles habrían sido entregados al ahora accionante representado sin mandato, los cuales supuestamente no fueron cancelados por éste; sin embargo, los mismos se encontraban en su domicilio; 2) Por esta razón solicitó al Juez de Instrucción Penal Sexto antes referido, que expida mandamiento de allanamiento, emitiéndose el mismo el 4 de mayo del citado año; por lo que, el 5 del mes y año referidos, se constituyeron en el domicilio del impetrante de tutela, tomando contacto con el hijo de éste, Pedro Pablo Calbimonte Nosiglia, realizando el acta de secuestro de evidencias; empero, la casa se encontraba vacía, encontrándose muy poco; por lo que, una vez ejecutado el mandamiento de allanamiento, procedieron a pegar la notificación por cedula para que el accionante se presente a la fiscalía el 9 del mes y año referidos a horas 8:30; sin embargo, éste no asistió; 3) El proceso que se sigue es uno penal por un delito de acción pública, el cual se encuentra bajo el control jurisdiccional de una autoridad competente; si bien el solicitante de tutela indica haber presentado excepciones e incidentes ante dicha autoridad, hasta el momento, el Ministerio Público no fue notificado con los mismos; en este entendido, la autoridad llamada a ver todos estos defectos que se denuncian, es el Juez de Instrucción Penal Sexto del departamento de La Paz; y, 4) Al no haber, el accionante, acudido al Juez contralor de garantías para que considere sus reclamos, violó el principio de subsidiariedad; por lo que, solicitó que se deniegue la tutela.