SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0718/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Segundo del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 7 de junio de 2017, cursante de fs. 191 a 194 vta., denegó la tutela solicitada; sobre la base de los siguientes fundamentos: 1) De acuerdo al acta de audiencia de medidas cautelares de 22 de mayo de igual año, los argumentos expuestos en la presente acción tutelar ya fueron puestos a conocimiento del Juez de Instrucción Penal Cuarto ahora demandado, quien luego de escuchar a las partes, señaló textual: “‘…tomando en cuenta los parámetros y fundamentos expuestos precedentemente el suscrito juzgador en suplencia legal de su similar va a rechazar la petición por parte de la defensa técnica del imputado en cuanto a la ilegalidad de la aprehensión como también la nulidad de la notificación por cuanto se habría cumplido con los parámetros señalado en la norma procesal penal ya que el señor imputado desde un primer inicio tuvo conocimiento de las actuaciones posteriores que deberían realizarse dentro del presente caso investigativo, consecuentemente, habiéndose rechazado lo solicitado por la defensa técnica de los imputados…’” (sic); con lo que, se demuestra que el imputado hizo pleno ejercicio de su derecho a la defensa, solicitando el control jurisdiccional de las supuestas irregularidades cometidas en su contra, tanto de forma personal como a través de su abogado; 2) El Juez de Instrucción Penal referido si realizó el control jurisdiccional con relación a las aprehensiones consideradas ilegales; es más, el ahora accionante solicitó la enmienda y complementación de la referida resolución; y, 3) Es verdad que la acción de libertad puede ser activada sin necesidad de una apelación previa; sin embargo, es necesario que exista un reclamo previo realizado ante el Juez de Instrucción Penal correspondiente, y aun así la autoridad ordinaria no diere respuesta alguna; situación que en el presente caso no ocurrió.