SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2017-S2
Fecha: 31-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, a la tutela judicial efectiva y a la seguridad jurídica; toda vez que, la autoridad judicial demandada, dentro la acción de libertad interpuesta por Sonia Teresa Rivero Jordán contra los miembros del Tribunal de Sentencia Primero de Montero del departamento de Santa Cruz, luego de dictar sentencia denegando la tutela solicitada, mantuvo en la vía de complementación y enmienda la medida cautelar de suspensión del juicio oral, que sigue el Ministerio Público a denuncia del Ingenio Azucarero Guabirá S.A., contra Sonia Teresa Rivero Jordán por el delito de estafa agravada, no obstante que la mencionada, no estaba de acuerdo con la resolución principal.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el sustento de la improcedencia del amparo contra amparo es evitar se revise la cosa juzgada constitucional a través de un segundo amparo
- en aquellos casos en los que sean planteados impugnando y persiguiendo la modificación o anulación de una Resolución Constitucional
- la autoridad recurrida, no ha vulnerado los derechos que se invocan en el recurso, por cuanto ha actuado en cumplimiento al mencionado fallo constituciona
- cualquier decisión que se hubiere tomado en ese ínterin y que las partes consideraran indebidas no pueden ser denunciadas a través de otro amparo,
- III.2.
- REVOCAR en todo