Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0786/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
Fragmento 4
Por decreto de 31 de mayo de 2017, se dispuso la suspensión del plazo por solicitud de documentación complementaria; habiéndose realizado la reanudación del mismo a partir de del 27 de julio del mismo año; por lo que, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional es pronunciada dentro de término legal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- Fragmento 4
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica, alcances y presupuestos de activación de la acción de libertad
- la tutela del debido proceso mediante la acción de libertad era únicamente posible cuando las lesiones denunciadas se encuentran directamente vinculadas al derecho a la libertad o que dicho acto sea la causa directa de la privación o restricción a la libertad física, que se hayan agotado los mecanismos intra procesales;
- que establece la procedencia de la acción de libertad, cuando se produzca una restricción o amenaza de restricción ilegal o indebida a los derechos fundamentales a la vida y a la libertad física a raíz de una persecución ilegal o un indebido procesamiento;
- i)
- Fragmento 13
- REVOCAR