SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0821/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

III.4.  Análisis del caso concreto

El accionante a través de su representante denunció la vulneración de su derecho a la libertad, toda vez que dentro del proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y uso indebido de influencias fue beneficiado con la medida sustitutiva de detención domiciliaria, misma que fue dispuesta mediante Resolución 10/2017, librándose el correspondiente mandamiento de detención domiciliaria el 15 de febrero de 2017; empero, el Secretario ‒Abogado‒ del Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero del departamento de La Paz, ‒ahora demandado‒, no cumplió con la ejecución del mencionado actuado, al no constituirse en el Recinto Penitenciario de San Pedro de La Paz, a efectos de conducir al accionante a su domicilio, pese a los reiterados pedidos del mismo y su abogado.

Se pudo determinar por la documentación presentada y glosada en Conclusiones II.1 y II.2 del presente fallo constitucional que en cumplimiento a lo dispuesto en audiencia de cesación a la detención preventiva, se hizo la presentación del certificado de depósito judicial a través del formulario 0004824 por la suma de Bs30 000 y de igual forma el formulario sobre el registro de arraigo de 10 de febrero de 2017, en consecuencia como corresponde el Presidente del Tribunal de Sentencia Anticorrupción Primero del departamento de La Paz, libró mandamiento de detención domiciliara, en el cual se puede constatar que ordena al Director del Recinto Penitenciario de San Pedro La Paz que se haga la entrega del detenido al Secretario ‒abogado‒ del citado Tribunal, orden emanada a través del señalado mandamiento.