SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
1)
Teresa Jesús Torrez Torrez, Jueza Pública Civil y Comercial, e Instrucción Penal Primero de San Lorenzo del departamento de Tarija, presentó informe el 14 de junio de 2017, cursante a fs. 16 y vta., expresando que: 1) Los antecedentes del cuaderno procesal caratulado Ministerio Público contra el accionante, por el presunto delito de feminicidio, se encuentra en grado de apelación, debiéndose considerar que el aludido impetrante de tutela no ha proveído para los gastos de obtención de fotocopias; 2) Asimismo, el 9 de junio de 2017, el Ministerio Público presentó un memorial, ingresando el mismo a su despacho el 12 de igual mes y año, no siendo evidente que se esté incurriendo en demora y retardación; puesto que, las partes tienen derecho a ser oídas de manera oportuna, y un memorial ingresado en fecha anterior no puede quedar sin resolver, no apareciendo ningún pariente o defensor del accionante como maliciosamente ahora aduce; 3) El legajo para su apelación, se encontraba listo el 9 de junio de 2017, no apersonándose el accionante o su defensa para proveer recaudos para su remisión; y, 4) La apelación incidental planteada por el accionante fue remitida como corresponde, cumpliendo las formalidades y el plazo establecido, debiendo considerarse las circunstancias arriba citadas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió la tutela
- II.1.
- II.2
- III.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Procesales
- III.3. De la acción de libertad innovativa
- Consiguientemente, del contenido de los preceptos aludidos y los debates parlamentarios glosados, se extrae de manera clara y precisa que la voluntad del legislador es que las lesiones al derecho a la libertad encuentren protección dentro del ámbito del hábeas corpus, declarando su procedencia en los casos en que se constate la existencia de una ilegal privación de libertad, no obstante haber cesado la detención antes de la interposición del recurso…
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR