Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
III.3. De la acción de libertad innovativa
La necesidad de una mayor y mejor protección al derecho a la libertad ha determinado que en el desarrollo de la jurisprudencia y la doctrina constitucional, se vaya clasificando a las acciones de libertad, anteriormente conocida como recurso de hábeas corpus, en ese sentido surge como un tipo de acción de libertad, la innovativa, que establece la procedencia de la acción, aún en aquellos casos en que hubiera cesado el acto lesivo o la detención.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió la tutela
- II.1.
- II.2
- III.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Procesales
- III.3. De la acción de libertad innovativa
- Consiguientemente, del contenido de los preceptos aludidos y los debates parlamentarios glosados, se extrae de manera clara y precisa que la voluntad del legislador es que las lesiones al derecho a la libertad encuentren protección dentro del ámbito del hábeas corpus, declarando su procedencia en los casos en que se constate la existencia de una ilegal privación de libertad, no obstante haber cesado la detención antes de la interposición del recurso…
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR