Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0223/2017-CA
Fecha: 04-Ago-2017
II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 10.5, 10.5.1, 10.5.2, 10.5.3 y 10.5.4 del Código de Urbanismo y Obra de la ciudad de La Guardia aprobado mediante OM 016/2010 de 11 de marzo, por ser presuntamente contrarios arts. 1, 7, 8.I y II, 9.2, 270, 283, 297, 299.II.2, 302.I.14, 21, 28, 305, 308 y 410 de la CPE.
- Jorge Morales Encinas
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- “…el costo de la construcción será cubierto por el urbanizador teniendo la obligación de construirlo; con referencia a las obras de equipamiento que pasan hacer de propiedad del municipio”
- rechazar
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- …La expresión de los fundamentos jurídicos-constitucionales, es esencial pues no es suficiente la mera identificación de las normas constitucionales que se considera estarían siendo infringidas (…) también es imprescindibles que se exprese y justifique en qué medida, la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada…
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR