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    AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2017-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0228/2017-CA

    Fecha: 10-Ago-2017

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    • Tribunal Disciplinario Administrativo de la Dirección Departamental de Educación de Santa Cruz
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • “…HECHO QUE HACE AL ART. 1 Y A TODA LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL 046/2004 DE FECHA 28 DE ENERO DE 2004, INCOMPATIBLE CON LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO…”
    • IMPRESCINDIBLE PARA LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA A EFECTO DE APLICAR O INAPLICABLE LA MISMA
    • rechazó
    • II.1.  Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
    • también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
    • RATIFICAR

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