AUTO CONSTITUCIONAL 0234/2017-CA
Fecha: 16-Ago-2017
Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
En consulta la Resolución 157/2017 de 6 de julio, cursante de fs. 278 a 288, pronunciada por el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Rolando Marcelo Mamani Lobo, demandando la inconstitucionalidad del art. 14 “numerales” 2) y 14) de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana (LRDPB) -Ley 101 de 4 de abril de 2011-, por ser presuntamente contrario a los arts. 14.III, 115, 116.I, 117 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 7 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 8 y 14.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- Como claramente se puede advertir, la relevancia que va tener en el presente caso la APLICACIÓN ILEGAL E INCONSTITUCIONAL DEL Art. 14 Num.2 y 14 DE LA LEY 101, RECAE EN LA VULNERACION FLAGRANTE AL DEBIDO PROCESO, ES EL DERECHO A LA DEFENSA Y OTROS COLATERALES COMO EL DERECHO AL TRABAJO Y OTROS.
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- “Acción de Inconstitucionalidad
- antes de la ejecutoria de la Sentencia
- II.3. Análisis del caso concreto
- La expresión de los
- RATIFICAR