Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0288/2017-RCA
Fecha: 10-Ago-2017
I.2.
La accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso en su elemento fundamentación, motivación y congruencia, la falta de valoración de la prueba, a la defensa, a la presunción de inocencia y a la petición; citando al efecto los arts. 115.II, 117.I, 118.II y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- por no presentada
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- al momento de admitir la acción, deberá verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el referido art. 33 del CPCo, y ante su incumplimiento dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- 1)
- i)