SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0719/2017-S3

Fecha: 08-Ago-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Sin embargo, estando con alta médica adeuda la suma de Bs2 000.- (dos mil bolivianos), y al no contar con los recursos económicos para saldar dicha deuda, mediante nota propuso al Administrador de la referida Clínica -hoy demandado-, un plan de pagos de Bs200.- (doscientos bolivianos) de manera mensual; empero, la misma fue rechazada bajo el argumento que “…eso no se hace en esta clínica…” (sic) y que no saldría hasta la cancelación de todo lo adeudado “y que no podía firmar mi carta porque sería aceptar la propuesta…” (sic).