SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0736/2017-S3

Fecha: 14-Ago-2017

ii)

ii)    “…la observación acerca de los testigos propuestos en la acusación formal por ser dependientes del querellante en un sistema en el cual rige como principio del juicio oral el contradictorio y además que es el Juez o Tribunal quien debe dar el valor probatorio a esas declaraciones en el marco del art.- 173 del Código de Procedimiento Penal, sin olvidar que en el marco del debido proceso se garantiza el derecho a la defensa y el acusado o acusados pueden ofrecer pruebas que estimen conveniente para desvirtuar los fundamentos de la acusación” (sic);