Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 786/2017 de 6 de junio, cursante de fs. 112 a 114 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Facunda Gutiérrez Choquehuanca, Julián Marca Marino, Sonia Victoria Quispe Colque y Leocadia Apaza de Tola contra Narda Soria Galvarro, Jueza de Sentencia Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- deben ser reparadas en la jurisdicción ordinaria, y sólo en defecto de ésta, de ser evidente la lesión al derecho invocado e irreparable el daño emergente de la acción u omisión o de la amenaza de restricción de los derechos, se acuda a la jurisdicción constitucional
- en caso de haber utilizado
- 2)
- CONFIRMAR