SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Como antecedente, manifiesta que dentro de la acción penal seguida en contra de Lourdes Roxana Rivera Aguilar -ex Fiscal de Materia-, con FIS-GEN 1700006, IANUS 4028396, el Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de Oruro, que se encuentra a cargo del control jurisdiccional, dispuso la detención preventiva de la imputada; empero, como emergencia de un certificado médico forense que obedecía a un requerimiento fiscal -emitido por el Fiscal de Materia turno-, se logró la internación de la misma en un centro hospitalario.

A raíz de esa relación de hechos, fue que María Amparo Ticona Frías y Gerardo Gutiérrez Peñaranda, Fiscales de Materia -ahora demandados-, iniciaron el proceso penal de oficio en su contra por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias e incumplimiento de deberes previstos y sancionados por los arts. 146 y 154 del Código Penal (CP) -modificados por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010-, procediendo a citar al ahora accionante a una declaración informativa, debido a que aprovechando su cargo -de Fiscal Departamental- favoreció a la ex Fiscal de Materia supra referida, bajo el supuesto de que aquél requerimiento fiscal hubiera sido ordenado por su autoridad; en esas circunstancias, luego de prestada la declaración informativa, mediante Auto Interlocutorio 48/2017 de 5 de julio, dispusieron su aprehensión, que resultó ser una injusta y arbitraria privación de su libertad en celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), transgrediendo sus derechos a la libertad y al debido proceso, poniendo en riesgo su seguridad personal e incluso su vida. Razones que motivan la presente acción de libertad.