SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0830/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

II.1.

II.1.  A través de Resolución 24/2017 de 14 de junio, la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, anuló la Resolución 150/2017 de 17 de abril, emitida por el “Juzgado Segundo Anticorrupción y Contra la Violencia” de la ciudad de El Alta, ratificándose la Resolución 277/2016 de 16 de noviembre, que impuso detención preventiva al imputado, disponiendo además que, la autoridad judicial emita nuevo pronunciamiento sobre la cesación a la detención, previo señalamiento de audiencia dentro de veinticuatro horas desde su notificación y en atención a los argumentos de dicha resolución, debiendo notificarse a las partes con la debida anticipación y no en el momento de instalarse audiencia. Ante la solicitud del apelante de enmienda, al haber perdido competencia el juez de la causa; que sea el Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, quien emita la nueva decisión; el tribunal de apelación, mediante auto de la fecha, determinó que, al haber sido radicado el proceso en dicho tribunal; sea el mismo que, en el plazo de veinticuatro horas conozca y trámite la solicitud de cesación a la detención preventiva, señalando audiencia y notificando con la debida anticipación a las partes procesales a efectos de garantizar el debido proceso (fs. 2 a 4 vta.).