SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0833/2017-S2

Fecha: 14-Ago-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal instaurado en su contra por la presunta comisión del delito de trata de personas, el 22 de agosto de 2013, se le impuso medida cautelar de detención preventiva a ser cumplida en el Centro de Rehabilitación Palmasola Santa Cruz, habiéndose formulado acusación el 13 de mayo de 2014; es decir, fuera del plazo de seis meses establecido en el ordenamiento jurídico; emitiéndose “Auto de apertura de Juicio Oral el 16 de noviembre de 2016”, dictado por el Tribunal de Sentencia Penal Doceavo del departamento de Santa Cruz.

Añade que, mediante memorial de “23 de noviembre de 2016”, planteó extinción de la acción penal al amparo de los arts. 133 y 134 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la que no fue considerada por el Tribunal demandado, emitiendo al respecto el “Auto 178” de 25 de noviembre del mismo año, señalando que su solicitud sería considerada en el juicio oral; asimismo indica que por escrito de 27 de marzo de 2017, reiteró su solicitud de extinción de la acción penal, la que fue respondida mediante decreto de 28 de marzo de 2017, indicando que aquella pretensión ya habría sido formulada y no corresponde hacerlo de nuevo.