Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2017-S3
Fecha: 28-Ago-2017
II.1.
II.1. Mediante el Certificado de Trabajo 036/2017 de 14 de junio, Freddy Melgar Algarañaz, Jefe de Recursos Humanos (RR.HH.) de la COTEAUTRI Ltda., indicó que Juan Zeballos Saavedra -hoy accionante- es funcionario regular desde el 2 de julio de 2004 y que actualmente desempeña el cargo de Técnico Asistente Instalador y Reparador de Servicios de Comunicaciones II en la referida Cooperativa (fs. 8); asimismo, cursan boletas de pago correspondientes a los meses de marzo y abril de 2017 a favor del ahora accionante (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- extensiva en materia de seguridad social referida a las prestaciones del Régimen de asignaciones Familiares dentro de las cuales están contemplados los subsidios prenatal, de natalidad y lactancia
- los principios de subsidiariedad e inmediatez
- a) El Subsidio PRENATAL, consistente en la entrega a la madre gestante asegurada o beneficiaria, de un pago mensual en dinero o especie, equivalente a un salario mínimo nacional durante los cinco últimos meses
- corresponde al empleador, del sector público o privado, cumplir con la prestación de las asignaciones familiares correspondientes; consistentes en subsidios, prenatal, de natalidad y de lactancia, relativas a la maternidad hasta que el niño cumpla un año de edad y demás derechos laborales.
- Fragmento 12
- La compensación del subsidio en especie y en dinero se realizará con carácter retroactivo, a los meses correspondientes,
- III.4. Análisis del caso concreto
- el
- i)
- 1°
- 2° Disponer