SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2017-S3
Fecha: 28-Ago-2017
Fragmento 13
De la revisión de los antecedentes cursantes en obrados, se tiene el Auto 73/2017 de 29 de marzo por el que se impuso el cumplimiento de medidas sustitutivas a los ahora accionantes, constando la interposición oral del recurso de apelación incidental de los procesados y el querellante (Conclusion II.1.), por lo que los Vocales demandados, en alzada declararon procedente el recurso planteado por el querellante y determinaron la revocatoria del Auto apelado, disponiendo la detención preventiva de los hoy accioantes (Conclusion II.2.), teniendose asimismo la Resolución 6/2017 de 26 de abril, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro constituida en Tribunal de garantías, quien resolvió una anterior accion de libertad presentada por los ahora accionantes contra las autoridades ahora demandadas, estableciendo la denegatoria de la tutela impetrada (Conclusion II.3.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es improcedente cuando el recurrente interpone dos recursos contra las mismas autoridades recurridas y con los mismos fundamentos
- acción de libertad
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR